
El Ministerio de Agricultura lanza la convocatoria 2025 de ayudas a Grupos Operativos
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), presentaron ayer la convocatoria 2025 de subvenciones para apoyar la preparación y ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos supraautonómicos, en un infoday que se desarrolló de manera online y que contó con más de 400 asistentes.
Con esta convocatoria, se busca fortalecer la colaboración entre regiones, mejorar la competitividad del sector agroalimentario y avanzar hacia un modelo de agricultura más sostenible, inteligente y adaptado a los retos del futuro.
Las ayudas, que se concederán en forma de subvención, están orientadas a la preparación y ejecución de proyectos innovadores de interés general, que tengan como objetivo mejorar la productividad, sostenibilidad, digitalización y resiliencia del sector primario. Se busca, además, que estos proyectos beneficien a todo un sector o subsector, y se desarrollen en al menos dos comunidades autónomas.
Durante la jornada, representantes del FEGA y el MAPA dieron a conocer la información y novedades más destacadas de la convocatoria 2025, que cuenta con una dotación presupuestaria de 46,5M€, la más alta de la historia de estas ayudas. Con esta cifra confirmada, el MAPA contempla así que, en un escenario de un presupuesto medio de 550.000€ por proyecto, el número de solicitudes aprobadas ascendería a unas 83-85.
La asignación de las ayudas se realiza bajo el principio de concurrencia competitiva y contempla una cofinanciación del 80% a cargo del FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) y del 20% por parte de la Administración General del Estado.
El plazo de solicitud de iniciativas se encuentra abierto desde ayer, 7 de mayo de 2025, y permanecerá abierto hasta el 4 de junio de 2025 a las 14:00h., hora peninsular.
Entidades beneficiarias
Podrán optar a estas ayudas agrupaciones de entre 2 y 8 entidades, públicas o privadas, que operen en al menos dos comunidades autónomas, con un máximo de 8 miembros subcontratados. Las agrupaciones deberán:
- Contar con al menos dos miembros independientes.
- Estar representadas por una entidad sin ánimo de lucro de naturaleza jurídica privada, que actuará como interlocutor ante la Administración.
- Disponer de la capacidad técnica y organizativa necesaria.
- La agrupación no podrá estar constituidas únicamente por entidades de investigación.
- No se admitirán entidades públicas en la agrupación solicitante, sí entre los miembros subcontratados.
- Designar un coordinador técnico que tendrá que ser una persona física perteneciente a alguna de las entidades beneficiarias y/o subcontratadas.
- No incurrir en prohibiciones para recibir subvenciones (art. 13 de la Ley General de Subvenciones).
Proyectos subvencionables
Se priorizarán propuestas que generen beneficios económicos, ambientales o sociales tangibles, así como aquellas que promuevan la transferencia de conocimiento y tecnología entre los actores implicados. De esta manera, los proyectos deben orientarse a:
- La innovación en la producción, distribución o comercialización de bienes y servicios agrícolas y forestales.
- Mejoras económicas, sociales o ambientales.
- Actividades que beneficien a un sector o subsector completo y que se ejecuten de forma física en dos o más Comunidades Autónomas.
- El proyecto de innovación debe contribuir a los objetivos de la PAC.
- Modelo de innovación colaborativa y “bottom up”: innovación abierta, no sujeta a topics.
- No se financiarán proyectos de investigación básica, sino innovación aplicada con TRLs altos.
Gastos elegibles
Los gastos elegibles para la ejecución de los proyectos incluyen:
- Gastos de preparación del proyecto: hasta 12.600€ por iniciativa (aprobada)
- Gastos de personal (costes unitarios por hora).
- Viajes, alojamiento y manutención (hasta 3,1% del gasto de personal)
- Contratación de servicios técnicos, tecnológicos, consultoría, auditoría.
- Alquiler de equipos, fincas, maquinaria y espacios para divulgación.
- Inversiones productivas (financiadas al 65%) y no productivas (financiadas al 100%), como maquinaria, software, patentes, etc.
- Costes indirectos (hasta un 15% de los gastos de personal).
Además, es importante tener en cuenta que las actividades subcontratadas no podrán superar el 60% del total del gasto subvencionable.
Proceso y plazos
- Presentación de solicitudes: desde el 7 de mayo de 2025 hasta el 4 de junio de 2025 a las 14:00, hora peninsular.
- Previsión de resolución: se espera la resolución provisional en enero de 2026 y la resolución definitiva de concesión en junio de 2026.
- Ejecución del proyecto: los proyectos se llevarán a cabo en dos fases: hasta el 1 de mayo de 2027 y hasta el 1 de mayo de 2029.
- Anticipos de pago: se podrá solicitar hasta un 50% del importe subvencionado, previa constitución de garantía bancaria y en un plazo de 20 días hábiles tras la resolución de concesión de la ayuda.
- Plazos de pago de la ayuda: podrán ser uno o dos, en función de la duración del proyecto, siendo las fechas de referencia mayo de 2027 y mayo de 2029 las respectivas fechas para el primer y segundo plazo de pago.
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- Gestión administrativa: apoyo legal y administrativo durante toda la vida del proyecto, incluyendo trámites con administraciones y cobro de ayudas.
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